¡LA TÓXICA! Señora le rompe la nariz a una niña de 12 en Puebla por “MIRAR A SU ESPOSO”
Una mujer identificada como Maribel ‘N’ terminó detenida en Puebla, luego de presuntamente agredir y romperle la nariz a una niña de 12 años argumentando que la menor “se le quedó viendo a su marido”.
Los hechos ocurridos en la Central de Abastos quedaron grabados en videos que los mismos comerciantes grabaron como evidencia para denunciar a la fémina que respondió con agresiones tras un ataque de celos.
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De acuerdo a los primeros informes, Maribel golpeó a la menor de edad hasta romperle la nariz. Tras la agresión, la mujer fue asegurada por los mismos comerciantes quienes la entregaron a la Policía Municipal de Puebla.
El momento de la agresión fue exhibido en las cuentas oficiales de Central de Abastos en donde se relató: “Hasta dónde llega el nivel de los celos, esta señora golpeó a una niña de 12 años solo por qué ‘estaba mirando a su esposo’, los comerciantes tomaron cartas en el asunto, no podemos dejar pasar desapercibido este tipo de casos”.
Tóxica !!!!!
— Central De Abasto Puebla (@CDAbastoPuebla) January 28, 2022
Hasta donde llega el nivel de los celos , esta señora (círculo blanco) golpeó a una niña de 12 años (círculo amarillo) solo por qué estaba mirando a su esposo , los comerciantes tomaron cartas en el asunto , no podemos dejar pasar desapercibido este tipo de casos. pic.twitter.com/OZgF2y9y9B
Horas más tarde, la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Municipio confirmó la detención de la mujer y aseguró que se debió por el presunto delito de lesiones luego de agredir físicamente a una menor de edad.
#SSCInforma? | En respuesta a una denuncia vía @DERI_PUEBLA, detuvimos en inmediaciones de la Central de Abastos a mujer por lesiones.
— SSC Puebla (@SSC_Pue) January 26, 2022
? Agredió físicamente a una menor de edad. pic.twitter.com/goutxXagLU
¿Cuál es la multa por golpear a una persona?
El delito de lesiones establecido por el Código Penal trata de sancionar a todos aquellos que causan daños corporales, físicos y mentales a otras personas. De acuerdo al artículo 47.1 el condenado puede ser castigado con una pena de 3 meses a 3 años de cárcel y a una multa de 6 a 12 meses.
*BC