Puebla, Pue. La diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Susana Riestra Piña, pidió que las muertes de mujeres con violencia se dejen de ocultar al ser clasificadas como homicidios dolosos.
Porque, de seguir actuando así las autoridades, de nada sirve que los 32 estados de la República haya homologado la Constitución para aplicar la Ley General investiga desde el inicio la muerte de una mujer como feminicidio.
732 mujeres fueron asesinadas
Riestra Piña señaló que actualmente 32 definiciones distintas de feminicidio en México, lo que genera vacíos legales que pueden ser aprovechados por los agresores.
“En México, 732 mujeres fueron asesinadas por feminicidio en un solo año, y en lo que va de 2026 ya sumamos 94 más. No son cifras, son vidas y familias incompletas”, expresó.
La diputada cuestionó el desempeño de las fiscalías estatales, al señalar que el delito no puede ser “doblemente violento”: primero por el crimen y después por la impunidad.
Criticó que muchos casos se clasifiquen como homicidios dolosos, lo que distorsiona la realidad y dificulta el acceso a la justicia para las víctimas.
El 23 de abril, el Congreso local homologó el marco normativolocal con la Ley General para investigar y sancionar toda muerte violenta de una mujer como feminicidio desde el inicio.
Se contempla en la ley
Para esto, se convocó a una sesión extraordinaria, donde al final la propuesta planteada de origen por la presidenta del país, Claudia Sheinbaum Pardo fue aprobada, con 37 votos a favor, y cero en contra, incluso con el respaldo de quienes hoy son oposición, como el Partido Acción Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI). La reforma se hizo al artículo 73 en materia de feminicidio.
Dentro de los aspectos que contempla esta ley figuran:
Investigación obligatoria como feminicidio
Reconocimiento de agravantes y tentativa
Contemplar más de 20 aspectos, entre ellos castigar la “tentativa”
Asimismo, en la reparación del daño y sanciones adicionales se contempla imponer:
Cárcel
Reparación integral del daño a víctimas indirectas
Pérdida de derechos como la patria potestad
Pérdida de derechos sucesorios para el agresor









