Puebla, Pue- El Partido Nueva Alianza (PANAL) presentará nuevamente en el Congreso del Estado una iniciativa de reforma para legislar el ciberasedio como delito independiente del ciberacoso, luego de que el artículo 480 fuera invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La diputada Leonela Martínez Ayala informó que la propuesta será presentada junto con el legislador Elías Lozada Ortega, con el propósito de fortalecer el marco jurídico relacionado con la violencia digital.
Reforma plantea cambios al artículo 480
La congresista explicó que la iniciativa busca modificar y adicionar apartados al artículo 480 para definir de mejor manera las conductas relacionadas con el ciberasedio, entendido como actos constantes de vigilancia, intimidación u hostigamiento mediante plataformas digitales.
Además, señaló que el objetivo principal es evitar interpretaciones ambiguas y garantizar que exista una regulación adecuada sobre este tipo de agresiones en internet.
Martínez Ayala insistió en que la violencia digital no debe minimizarse, debido a que puede afectar la integridad y tranquilidad de las víctimas.
Habrá proceso de análisis y socialización
La legisladora adelantó que, tras la presentación formal de la iniciativa, se abrirá un proceso de socialización para escuchar opiniones de expertos, organizaciones y ciudadanía.
De esta manera, el PANAL buscará construir una propuesta más sólida y consensuada para regular el ciberasedio en Puebla.
En su momento el artículo 480 fue criticado por la redacción de su contenido, por eso en esta ocasión, según la congresista del PANAL, se van a acotar las conductas típicas para cumplir con el principio de taxatividad penal.
Incluso la redacción dicta adicionar un párrafo al Artículo 480 para aumentar la pena hasta en dos terceras partes cuando el asedio incluya la difusión de imágenes o videos que muestran agresiones físicas previas contra la víctima.
"No podemos normalizar la violencia digital. Existe una conducta nociva y es nuestra responsabilidad regular. Esta propuesta no es solo de un grupo, sino que busca el consenso de todas las y los legisladores, de la mano con la Dirección Jurídica del Congreso", cerró.
En Puebla, el ciberacoso se castiga dependiendo de la conducta realizada mediante redes sociales, mensajes, plataformas digitales o cualquier medio electrónico.
Entre las principales figuras legales que pueden aplicarse están: acoso u hostigamiento, amenazas, violencia digital, difusión de contenido íntimo sin consentimiento, suplantación de identidad y extorsión o intimidación digital.
Mientras que el ciberasedio que fue incorporado al Código Penal mediante el artículo 480 contempló sanciones para quien, de manera reiterada, utilizara medios digitales para intimidar, hostigar, vigilar, amenazar o agredir a otra persona. La legislación establecía penas de entre 11 meses y hasta 3 años de prisión.
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