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SCJN protege libertad de expresión en opiniones periodísticas y ciudadanas


SCJN emite tres tesis que protegen opiniones periodísticas y ciudadanas contra censura y demandas, fortaleciendo la libertad de expresión en México
Por Redacción | 12 Agosto, 2025 | 14:28 h
Nacional
SCJN protege libertad de expresión en opiniones periodísticas y ciudadanas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado 8 de agosto tres tesis jurisprudenciales que fortalecen la libertad de expresión en México, especialmente en columnas de opinión y manifestaciones ciudadanas.

Respuesta a demandas contra la crítica

Estas tesis surgen ante un incremento de demandas de figuras políticas que buscan censurar opiniones críticas o exigir compensaciones económicas por presuntos daños al honor. La Corte estableció que las opiniones están protegidas si se basan en hechos de interés público o proporcionan suficiente contexto para que los lectores evalúen las afirmaciones.

Casos que sentaron precedente

Uno de los precedentes es el del periodista Sergio Aguayo, demandado por el exgobernador de Coahuila, Humberto Moreira, por una columna publicada en 2016. En el amparo directo 30/2020, la Primera Sala resolvió que el texto estaba protegido al no incurrir en malicia ni difundir información falsa.

Otro caso involucró a una asociación de colonos que se opuso a un proyecto inmobiliario mediante redes sociales y mantas. La Corte también respaldó su derecho a expresarse, considerando que el tema era de interés público.

SCJN

Protección para periodistas y ciudadanos

Las tesis establecen que las columnas de opinión no pueden ser censuradas ni sancionadas económicamente, salvo que exista dolo y difusión de información falsa. Esta protección se extiende a cualquier ciudadano que utilice plataformas digitales para opinar sobre asuntos relevantes.

SCJN

Expresiones ciudadanas también amparadas

Otro caso incluyó a una asociación de colonos que se opuso a un proyecto inmobiliario mediante publicaciones en redes sociales y mantas. La empresa afectada demandó por daño moral, pero la Corte concluyó que estas expresiones también estaban amparadas por la libertad de expresión al no contener dolo ni información falsa.

Protección para medios y ciudadanos

Con este criterio, las columnas de opinión y expresiones ciudadanas no pueden ser objeto de censura o sanciones económicas, salvo que se pruebe la intención deliberada de dañar con información falsa. La SCJN afirmó que este derecho es un pilar esencial de la democracia y una herramienta para fortalecer la participación social.

 

Con información de OEM

*ARD

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