Puebla, Pue.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un revés al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) al determinar que el Partido Acción Nacional (PAN) incurrió en una mala práctica durante la elección de consejeros estatales y nacionales, al no transparentar el número de votos a favor y en contra que definieron los resultados del proceso realizado en octubre de 2025.
Durante la sesión celebrada el 7 de enero de 2026, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón sostuvo que la omisión representa una falta grave, ya que impide verificar la legalidad y certeza de la elección interna, lo que, bajo su apreciación, podría incluso abrir la puerta a la anulación de los resultados y a la repetición del proceso.
Decisión mayoritaria del TEPJF
No obstante, en votación mayoritaria, la Sala Superior resolvió que el PAN en Puebla no deberá repetir la elección, sino que únicamente tendrá que presentar una explicación exhaustiva ante las múltiples quejas promovidas por militantes inconformes con el proceso de selección de consejeros.
Estas inconformidades quedaron registradas en los expedientes SUP-JDC-2542/2025 al SUP-JDC-2548/2025, los cuales fueron analizados de manera conjunta por el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral del país.
Irregularidades denunciadas por militantes
De acuerdo con lo expuesto por el magistrado Rodríguez Mondragón, la militancia panista votó el 19 de octubre de 2025 mediante un sistema electrónico proporcionado por una empresa externa, lo que generó diversas inconformidades.
Entre las principales quejas se señaló que no se publicó la desagregación numérica de los resultados, ni durante la asamblea ni después, ya que únicamente se dieron a conocer los nombres de quienes resultaron electos, sin detallar votos válidos, nulos o totales.
Asimismo, se denunció que el Comité Directivo Municipal no entregó la documentación correspondiente y que la Comisión de Justicia del PAN no expuso argumentos de forma exhaustiva durante la asamblea.
Crítica al papel del TEEP
Inicialmente, el TEEP solo reconoció fallas técnicas en el sistema de votación, motivo por el cual los inconformes acudieron a instancias federales. En la sesión, el magistrado Rodríguez Mondragón sostuvo que el tribunal local no era competente para resolver dichas quejas, por lo que su sentencia debía quedar sin efecto.
Aunque su postura no fue respaldada por la mayoría, Reyes Rodríguez Mondragón emitió un voto particular parcialmente en contra, al considerar que era posible analizar el fondo del asunto desde este momento y ordenar una nueva elección interna, al señalar que los militantes tenían razón en sus reclamos.
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