Exhortan a ediles revisar que no tengan en sus filas a deudores alimentarios
Puebla, Pue. La diputada Daniela Mier Bañuelos exhortó a los 217 ayuntamientos a realizar una revisión exhaustiva para detectar si alguno de los funcionarios públicos o trabajadores son deudores alimentarios y actuar en consecuencia.
Indicó que la finalidad es evitar que dentro de las administraciones, sin importar el partido por el que llegaron, se vigile que este tipo de servidores públicos, administrativos o no, tengan relación con este tipo de falta alimenticia.
Daniela Mier precisó que de hallar a alguien en esa condición la propia autoridad municipal aplique las medidas correctivas que puedan incluir la regularización de las responsabilidades pendientes.
“Y en casos externos, aplicar las sanciones administrativas de acuerdo con la legislación vigente, la propuesta no sólo busca aplicar los deberes éticos con los servidores públicos, sino que también responde a la necesidad de proteger a la niñez”.
Mier Bañuelos también exhortó a los 217 gobiernos municipales a realizar campañas de sensibilización y capacitación a los funcionarios públicos sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones alimentarias.
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Violentadores sin poder casarse
Por otra parte, la diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN), Lizette Minto García, planteó que en Puebla quienes estén relacionados con antecedentes o sentencias firmes de al menos una docena de delitos se vean impedidos para contraer matrimonio.
Minto García enlistó las causales para que cualquiera de las dos personas que busquen casarse deben demostrar que no han incurrido en los siguientes delitos:
Que no tengan antecedentes en ilícitos por sentencia irrevocable no puedan contraer matrimonio, abandono de personas. Así como, corrupción y pornografía de menores o incapacitados, estupro, lenocinio, trata de personas, violación, bigamia, sustracción y tráfico de menores, feminicidio y violencia familiar.
Lizette Minto García precisó que lo anterior se dio en función de lo que establece la Ley General en Derecho de las Niñas, Niños, Adolescentes en Pensión Alimenticia, donde se incluye que los deudores alimentarios tampoco pueden contraer matrimonio, porque no solo es un contrato legal sino emocional y social.
“Es responsabilidad conocer que este contrato -matrimonio- se celebre entre personas que tengan la edad y compromiso necesario de manera respetuosa y segura. Existen barreras para lograr la igualdad”.
La congresista del PAN planteó tres aspectos a regir este planteamiento, uno de ellos relacionado con el concepto “locura” en el entendido de la salud mental que sean actualizados, para quienes enfrentan problemas de esta índole.
De la docena de ilícitos, la diputada local aclaró que está fundamentado en lo que marca el Artículo 299 del Código Civil, para evitar, que aquellos que cometieron los delitos antes referidos, no puedan contraer matrimonio.