Todo Airbnb en Puebla en la antesala para pagar 3% de impuesto

En Puebla las plataformas digitales, que ofrezcan sus servicios a través de promotores, tendrán la obligación fiscal de pagar el Impuesto por hospedaje del 3%

Puebla, Pue. En Puebla las plataformas digitales, que ofrezcan sus servicios a través de promotores, u operadores turísticos directos o indirectos, tendrán la obligación fiscal de pagar el Impuesto por Hospedaje del 3 por ciento.

Mañana jueves en una de las últimas sesiones públicas ordinarias del Congreso local, se presentará el dictamen ante el Pleno como parte de las iniciativas que el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina envió al Legislativo. Ésta aplicará en la Ley de Ingresos 2025 del Estado de Puebla.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, Eduardo Alcántara Montiel expuso que la intención de esta propuesta es generar las condiciones de igualdad entre el sector que presta un servicio de hospedaje, como hoteles con aquellos que usan plataformas digitales.

Alcántara aclaró que no se está generando un nuevo impuesto o gravamen, sólo se está incluyendo en el concepto que ya existe una figura que ahora está prestando el mismo servicio que alguien en físico, como Airbnb, Booking y TripAdvisor.   

“Hay personas que generan ahora, prestar casas con servicios con un servicio de hospedaje, (…) hoy genera un trato similar de competencia, ayuda, Puebla es un gran destino turístico”.

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Precisó que a este 2024, suman 15 estados que están adoptando esta medida, siendo uno de los pioneros es Quintana Roo a partir del 2017.

De acuerdo al documento analizado por el Congreso local se aprobaron las modificaciones al artículo 30 BIS señala que están obligados a retener y enterar el impuesto las personas físicas, las personas morales y las unidades económicas que mediante sus plataformas digitales se contrate la prestación de los servicios objeto de este gravamen en el territorio del Estado de Puebla.

De manera permanente o temporal, con los prestadores de los servicios de hospedaje o a través de promotores, plataforma digital, operadores turísticos, intermediarios, facilitadores o representantes de la prestación de dichos servicios o como se les designe, aún cuando éstos tengan su domicilio fiscal en lugar distinto al de la prestación del servicio e independientemente de la duración del mismo.

Otras de las reformas que se aprobarán este jueves son, la regulación de las tarifas de servicios de arrastre, salvamento, y depósito de vehículos en carreteras estatales con tarifas reconocidas por la Secretaría de Movilidad y Transporte.

 

*BC