Regulación de bares en Puebla: multas y horarios estrictos para la venta de alcohol

Bares, antros o establecimientos tendrán un horario límite de las 2:00 de la madrugada, de lo contrario serán multados hasta con seis años de cárcel

Puebla, Pue- Bares, antros o establecimientos se verán obligados a dejar de vender, consumir o distribuir bebidas alcohólicas en un horario límite de las 2:00 de la madrugada, de lo contrario por decreto podrán ser multados hasta con seis años de prisión.

En una de sus últimas sesiones ordinarias del Congreso local, la LXI Legislatura aprobó la regulación de horario para bebidas alcohólicas, a partir de que esta disposición sea publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE) los 217 Ayuntamientos tendrán 90 días para homologar sus reglamentos.

El presidente del Congreso local, Edgar Garmendia de los Santos, externó que nadie está en contra del funcionamiento de estos lugares, pero los poblanos pedían que sus horarios fueran regulados, por ello el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina envió una iniciativa.

“Tendrán 90 días para que acaten esa ley, tendremos que estar revisando que lo hagan, el reclamo de la sociedad es que se regule, y garantizar la seguridad de todos los que están ahí”.

Lo anterior se da después de varios sucesos que se registraron en municipios del interior del estado, como el de Cholula donde unos cadeneros golpearon a un joven saliendo del Bar Polanquito, el 28 de septiembre del 2023.

Se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas, la Ley de Seguridad Privada y el Código Penal.

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De esto, la diputada Eliana Angélica Cervantes explicó que uno de los objetivos es generar mayor seguridad al interior y exterior de los lugares donde se expendan y consuman bebidas alcohólicas.

Los cinco puntos a cumplir son:

Aplicar sanciones a las personas que vendan, distribuyan o suministren bebidas alcohólicas sin contar con los permisos de ley, en horarios establecidos.

Los establecimientos deberán contar con un circuito cerrado de seguridad en el interior y exterior de los inmuebles donde se expendan las bebidas alcohólicas.

Facilitar las grabaciones correspondientes a la autoridad que lo solicite.

El horario máximo para la venta de bebidas con alcohol es a las 2:00 de la mañana.

Los establecimientos deberán contar con personal capacitado para que den el servicio de seguridad, con registro ante la Secretaría de Seguridad Pública Estatal.    

Será obligación de los municipios establecer los giros que van a regular, y evitar las licencias o permisos temporales, para ello tendrán 90 días naturales para adecuar sus reglamentos a la Ley para la venta y suministro de bebidas alcohólicas del estado de Puebla.         

*ARD