Puebla, Pue- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), hizo un llamado a los poblanos en edad de pensionarse a recurrir a la delegación para solicitar el reembolso de su fondo de ahorro de la subcuenta de vivienda, como parte del nuevo Fondo de Pensiones para el Bienestar con el fin de garantizar una vejez digna.
En rueda de prensa la delegada María Eugenia Marín Deloya, dio a conocer que las y los trabajadores, que tramiten su pensión a partir del 1 julio bajo el régimen de 1997, serán beneficiados con el 100 por ciento de su último salario, específicamente a quienes tienen menores ingresos.
Declaró que se debe de verificar en que régimen está la trabajadora o trabajador para su proceso de pensión, pues, para la devolución de su ahorro de su subcuenta de ahorro para vivienda requiere tener esa información para garantizar una vejez digna.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar considera un fideicomiso que permitirá que las y los trabajadores puedan vivir una vejez digna, afirmó.
Explicó que los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda son propiedad imprescriptible de los trabajadores, en caso de que dichos recursos no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de las y los trabajadores le deben ser entregados.
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Además, el derecho del o la trabajadora y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de su Cuenta Individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez son imprescriptibles, por lo que las administradoras de fondos de retiro y las prestadoras de servicio deberán transferir, sin necesidad de resolución judicial, los recursos de aquellos trabajadores que promuevan su retiro por vejez o cesantía.
Cabe mencionar que, el Infonavit debe transferir los recursos correspondientes a las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, subcuenta de Vivienda conforme a lo establecido en las leyes de seguridad social que correspondan, o aquellos recursos que formen parte de sus respectivas reservas relacionados con las subcuentas referidas, incluyendo la de los trabajadores que hubieran llegado a cumplir 70 o 75 años, según corresponda, comunicando al resto de participantes del Sistema de Ahorro para el Retiro para que, en su caso, transfieran la otra subcuenta, a efecto de consolidar el ahorro de los titulares de las cuentas individuales en el referido fideicomiso.
En torno a los trámites informó que la resolución o negativa de pensión la emite el Instituto Mexicano del Seguro Social, la cual debe de presentarse posteriormente ante el Infonavit, así como firma electrónica vigente, los 16 dígitos de la CLABE bancaria e identificación oficial para llevar a cabo el trámite.
Finalmente, enfatizó que si la persona no recibe su estado de cuenta de su ahorro para el retiro debe de acudir a la Afore donde está registrado para contar con la información de su cuenta de retiro y si detecta errores u homonimias en su nombre, CURP o algún otro dato, hacer las correcciones correspondientes para garantizar que puede recuperar los recursos de sus subcuentas de ahorro para el retiro y de vivienda sino contrató un crédito en el Infonavit.
*ARD