Aprueban diputados cárcel de hasta de 40 años a quienes intenten cometer feminicidio
Con 474 votos a favor y 24 abstenciones, diputados aprobaron las reformas al código penal para sancionar hasta con 40 años de cárcel a quienes intenten cometer feminicidio sin que lo logren.
Dicha ley será aplicada en casos donde se compruebe que la intencionalidad de privar de la vida a una mujer si existió. Esto será por medio de testigos como vecinos, policías o alguna otra circunstancia que permita comprobarlo.
Anteriormente, en estos casos solo se ordenaba prisión preventiva, con esta nueva ley los agresores ya no contaran con el derecho a la libertad condicional. Además, a quienes estén acusados de feminicidio consumado ya no se les dará el derecho a la sustitución de pena.
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Las reformas son al Código Nacional de Procedimientos Penales, a la Ley Nacional de Ejecución Penal y al Código Penal Federal, en los cuales se menciona que el juez de control en el ámbito de sus competencias, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en casos de feminicidio consumado o en grado de tentativa punible; es decir, habrá prisión preventiva a quienes intenten un feminicidio.
Con las modificaciones también se establece que no gozarán de la libertad condicionada ni libertad anticipada ni procederá la sustitución de pena a los sentenciados por feminicidio consumado o en caso de tentativa punible.
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Además se señala que en los casos de feminicidio cometido en grado de tentativa punible (que se intentó cometer un feminicidio), la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la mitad y podrá llegar hasta las dos terceras partes (40 años) de la sanción máxima prevista el delito consumado.
En la exposición de motivos del dictamen, impulsada por ocho diputados de diferentes bancadas, se menciona que 66 de cada 100 mujeres de 15 años y más han experimentado al menos un acto de violencia de cualquier tipo, ya sea violencia emocional, física, sexual, económica, patrimonial o discriminación laboral.
*MG