Multas y cárcel a quienes realicen peleas de perros, de gallo y corridas de toros
Puebla, Pue. La diputada local por el PAN, Guadalupe Leal Rodríguez va por un estado sin tauromaquia, para esto busca que las penas de cuatro años de prisión y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que van de los 19 mil 244 a 48 mil 110 pesos tengan alcance contra las personas que organicen, promuevan, difundan o realicen uno o varios espectáculos públicos o privados de toros, peleas de gallos, pelea de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad.
Aclaró que la iniciativa que presentó para tener una Puebla libre de corridas de toros y peleas de gallos tiene origen en un trabajo hecho por colectivos animalistas, universidades y ciudadanos, que al no poder juntar las 120 mil firmas que los facultaría para presentar esta iniciativa, ella la está retomando en su facultad de diputada local.
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— Lo de Hoy México (@ldhnoticias) June 23, 2022
La diputada GUADALUPE LEAL presentó una #iniciativa para prohibir las corridas de toros,♉ peleas de gallos?? y perros?????, además de sancionar a quien difunda, promueva o realice eventos de este tipo pic.twitter.com/m9qIppZltN
Indicó que la UNAM hizo un estudio hace dos años sobre el nivel de sufrimiento que tiene, un toro, un perro o un gallo, resultados que se traducen en un “asesinato” hacia animales, además dijo que la BUAP también ha realizado investigaciones y estudios de como un ser humano menor a los 18 años enfrenta daños psicológicos por acudir a este tipo de espectáculos.
Precisó que existen estudios donde el 75 por ciento de la población aprueba esta iniciativa, que es el tercer intento de eliminar la tauromaquia y peleas de gallos, por lo que no descarta que para el 2024 se tenga una Puebla libre de estas prácticas.
Para esto plantea que se reformen al menos ocho artículos, entre ellos el 473 del Código Penal de Puebla, para que este incluya en la lista de sancionados aquellos espectáculos de tauromaquia y peleas de gallos, a fin de que se castigue a quienes incurran estas malas prácticas, como azuzar a los animales para que se ataquen entre ellos o a las personas, así como a quienes hagan peleas con el objeto de realizar un espectáculo público o privado.
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Parquímetros terminaron con el abuso y la discriminación para estacionarseOtras de las reformas aplican a la Ley de Bienestar Animal, como en el artículo 94, donde especifica que las denuncias populares puedan hacerse tanto por escrito, como vía telefónica, medios electrónicos oficiales, por comparecencia o cualquier otro análogo que el Instituto de Bienestar Animal determine, para que se abra la investigación de oficio.
Leal propone reformar el Código Penal en el artículo 470, para que los castigos impuestos de seis meses a cuatro años de prisión, y una multa que vaya de 50 a 300 UMAS, es decir de 4 mil 811 hasta 28 mil 866 pesos tengan alcance cuando se realicen actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal con la intención de ocasionarle dolor, sufrimiento o afectar su bienestar, sin causa justificada, provocándole lesiones que no pongan en peligro la vida.
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En la sesión ordinaria del #Congreso del Estado, la diputada GUADALUPE LEAL colocó una pancarta con la frase "no más tauromaquia en #Puebla" pic.twitter.com/y9ZeR2SSdt
En caso de que actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, las penas a imponer son cuatro a ocho años de prisión y multa de 200 a 500 UMAS, que sería de 19 mil 244 pesos a 48 mil 110 pesos, acciones que de igual forma tengan alcance “cuando dichas conductas sean con el propósito de brindar un espectáculo público o privado”.
De estas sanciones, la panista pide “exceptuar de las disposiciones anteriores los espectáculos de charrería; así como las exhibiciones y competencias cuya finalidad sea mostrar las habilidades, características de conformación, movimientos o doma de animales, o bien habilidades de personas en el jineteo o monta de animales brutos siempre que se realicen conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable”.
Los artículos a reformar son: 8, 16, 18, 19 y 94 de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla, así como los artículos 470, 473 y 474 del Código Penal del Estado.
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